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Derechos y deberes de la entidad con voluntariado
  Derechos y deberes de la entidad con voluntariado
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DERECHOS

  • A recibir las medidas de apoyo financiero, material y técnico mediante recursos públicos orientados al adecuado desarrollo de sus actuaciones.
  • A contar con el reconocimiento por parte de la sociedad del interés social de sus cometidos.
  • A ostentar independencia y autonomía, y que se les facilite la participación en el diseño y ejecución de las políticas a través de los órganos creados al efecto.
  • A elaborar sus propias normas de funcionamiento interno.

 DEBERES

Cumplir los acuerdos establecidos con las personas voluntarias en el compromiso de incorporación.

  • Asegurar a las personas voluntarias contra los riesgos de accidente y enfermedad, así como a los daños y perjuicios ocasionados a terceros, derivados directamente del ejercicio de la actividad voluntaria organizada por la entidad.
  • Cubrir los gastos que pudieran derivarse de la acción voluntaria.
  • Facilitar la participación de las personas voluntarias en la elaboración, ejecución y evaluación de los programas y actividades en que intervengan.
  • Proporcionar a las personas voluntarias formación y orientación necesaria para el desarrollo de sus actividades.
  • Expedir a los/as voluntarios/as un certificado que acredite su participación en programas de acción voluntaria.
  • Llevar un registro de altas y bajas de las personas voluntarias que colaboren en la entidad.
  • Garantizar a los/as voluntarios/as la realización de su actividad en las debidas condiciones de seguridad e higiene.
  • Cuando el/la voluntari@  se incorpora a la entidad, ésta debe facilitarle:
    • Breve información sobre los objetivos básicos de la entidad y el movimiento asociativo FEAPS.
    • Carnet de voluntari@, como acreditación.
    • Documento de incorporación o compromiso del/la voluntari@, firmado por ambas partes (voluntario y entidad).
    • Información sobre la cobertura del seguro que la entidad ha contratado para el voluntariado.
 

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